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ORDEN de 12 de marzo de 1997, del Departamento de Economía, Hacienda y Fomento, por la que se otorga la declaración de utilidad pública en concreto de un centro de transformación de 50 KVA y su acometida aérea a 15 KV, en el término municipal de Pedrola.

Publicado el 18/04/1997 (Nº 44)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FOMENTO

Texto completo:

ORDEN de 12 de marzo de 1997, del Departamento de Economía, Hacienda y Fomento, por la que se otorga la declaración de utilidad pública en concreto de un centro de transformación de 50 KVA y su acometida aérea a 15 KV, en el término municipal de Pedrola.

Visto el expediente incoado en la División Provincial de Industria y Energía de Zaragoza, a petición de Eléctricas Reunidas de Zaragoza S. A., con domicilio en C/ San Miguel, 10 de Zaragoza, solicitando la declaración en concreto de la utilidad pública para un Centro de Transformación de 50 KVA y su acometida aérea a 15 kV, en el TM de Pedrola de acuerdo con la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional.

Resultando que tramitado el expediente de conformidad con el artículo 52 de la Ley 40/1994, arriba citada, y abierto el trámite de información pública a los afectados por el trazado de la línea, no se han formulado alegaciones. Dentro de este tramite se notificó por escrito a Dña. Felisa García Logroño, a Dña.

Juana Abadía Bello y a D. Manuel Serrano Naval únicos propietarios afectados, no habiendo comparecido en el expediente.

Resultando que en el informe emitido por la División Provincial de Industria y Energía de Zaragoza al respecto con fecha 21 de octubre de 1996 se consideran justificadas las razones que motivan la solicitud por parte de Eléctricas Reunidas de Zaragoza S. A.y se informa favorablemente la citada solicitud.

Vistos los Reales Decretos 2596/1982 de 24 de julio y 539/1984 de 8 de febrero sobre transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Diputación General de Aragón, así como la Ley Orgánica 91/1992, de 23 de diciembre, de transferencia de competencias a Comunidades Autónomas que accedieron a la autonomía por la vía del articulo 143 de la Constitución.

A propuesta de la Dirección General de Industria y Comercio dispongo:

Declarar en concreto la Utilidad Pública de la instalación eléctrica cuyas características son:

Titular: Eléctricas Reunidas de Zaragoza, S. A.

Domicilio del titular: San Miguel, 10 de Zaragoza Emplazamiento de la instalación: Pedrola (Zaragoza) Instalación: Línea eléctrica aérea, trifásica, simple circuito, a 15 kV Longitud: 275 metros Inicio: Apoyo nº C de la línea "Derivación a Centro de Transformación nº 10 Canal Pedrola" Final: Apoyo del Centro de Transformación de 50 KVA Formada por conductores LA-56 y apoyos metálicos y de hormigón y acero vibrados La totalidad de la línea discurre por el Termino Municipal de Pedrola Objeto de la instalación: Mejorar la calidad del servicio en la zona de influencia, en el término municipal de Pedrola

Centro de Transformación de 50 KVA De 15/0,380/0,220 kV de tipo intemperie sobre un apoyo metálico Equipado con autoválvulas y seccionadores unipolares tipo "XS" de 24 kV y 100 A Tansformador trifásico de 50 KVA

De acuerdo con el artículo 53 de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del Sistema Eléctrico Nacional, la declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Igualmente lleva implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública. Notifíquese a los interesados y publíquese en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, según el articulo 53.1 de la Ley 3/1993 de 15 de marzo, que modifica a la Ley 3/1984 de 22 de junio del Presidente, de la Diputación General y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, a interponer en el plazo de dos meses con arreglo a lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, así como por la Ley 38/1988 de 28 de diciembre de Demarcación y Planta Judicial, debiendo en su caso, supuesto de formularse el mismo, atenerse a lo dispuesto en el articulo 110.3 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, a 12 de marzo de 1997.

El Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, RAFAEL ZAPATERO GONZALEZ